jueves, 14 de enero de 2016

LA ESPERANZA ES LO ÚLTIMO QUE SE PIERDE: El caso Flores Tapara

Cuando pensé que este nuevo año empezaba cargado de buena voluntad y nobles propósitos que nos podrían liberar, de una vez por todas, de todos aquellos prejuicios acerca de la ineficiencia de nuestro sistema de administración de justicia y, sobre todo, que podríamos deshacernos de esa etiqueta de ineptitud que algunos de sus miembros se han ganado a pulso, se hizo público el caso de la señora Delia Flores Tapara.


La semana pasada, la señora Flores Tapara se acercó a una oficina de RENIEC ubicada en el distrito de Pedregal, provincia de Cayma - Arequipa con su menor hijo (3 meses de edad) con la finalidad de inscribirlo. En ese momento, el registrador observó una alerta cargada en el sistema y concluyó que la señora Flores Tapara no era la madre de menor que traía en brazos, sino una secuestradora y que el menor no era su hijo sino el bebé secuestrado el pasado 2 de octubre de 2015 en el Centro de Salud de Mariano Melgar, Arequipa.


Inmediatamente se dio cuenta a las autoridades y la señora Flores Tapara se vio envuelta en una imputación por el delito de secuestro. Luego de una breve investigación, el Fiscal José Lazo Paz, Fiscal de la Fiscalía de “El Pedregal” llegó a la conclusión que existían elementos suficientes que vinculaban a la señora en términos de autoría con el referido delito de secuestro y que, dada la gravedad del caso, debía formularse un requerimiento de prisión preventiva. Efectivamente, el requerimiento fue presentado y sustentado ante el Juez y éste último dictó 9 meses de prisión preventiva contra la señora Flores Tapara quien inmediatamente fue separada del menor e internada en el penal de Pucchun.



http://larepublica.pe/impresa/sociedad/731678-envian-prision-mujer-acusada-de-robar-recien-nacido-en-arequipa


En principio, una mirada meramente formal no revelaría ninguna irregularidad pues se trataría de uno más de esos tantos casos de popularidad efímera que en un par de días todos hemos olvidado. Sin embargo, hay algunos datos que debemos tener en cuenta: (i) En la audiencia de prisión preventiva sólo se presentaron como pruebas las actas policiales y el hecho que la madre del menor secuestrado habría reconocido y sindicado directamente como autora del delito de secuestro a la señora Flores Tapara; (ii) El juez y Fiscal, al mismo estilo de un tribunal de inquisición medieval, estuvieron de acuerdo en que la señora Flores Tapara debía ser recluida en un penal, separada del menor y rotulada como presunta autora del delito de secuestro porque no había podido acreditar que era la madre del menor. Sí, leyeron bien, todo era culpa de la señora y su torpe capacidad para probar su maternidad.


Cualquier estudiante de derecho sabe que el respeto mínimo al derecho de defensa y a la garantía al debido proceso, en el marco de una imputación penal, establecen que la carga de la prueba corresponde al Ministerio Público y no al imputado. Es decir, corresponde al Estado demostrar que el imputado es culpable y no a este demostrar que es inocente. Para el caso particular, la gran injusticia cometida es que era obligación del Ministerio Público demostrar que existían indicios suficientes que hacían presumir que la señora Flores Tapara no era la madre del menor, sin embargo la lógica fue inversa pues la señora fue recluida en un penal porque no pudo acreditar ser la madre.


La imputación sostenida por el Fiscal no sólo era inconsistente sino que materialmente imposible de defender pues, como todos sabemos, el análisis de ADN practicado a la señora reveló que ella era la madre del menor. Entonces la teoría del caso del Fiscal no solo se desvaneció sino que quedó en evidencia que su capacidad como investigador es la misma que la de algún celebre detective de caricaturas animadas.

Pero lo que es peor y creo que es la razón por la cual nunca vamos a poder superar el cáncer de la ineptitud que padece nuestro sistema de administración de justicia es este estúpido espíritu de cuerpo que carece de todo sentido. Me refiero que la fiscal coordinadora de Arequipa, Miriam Herrera, ha sostenido que no hubieron errores al solicitar la prisión de la señora pues la señora “no presentó testigos que afirmen que estuvo encinta. No hubo atención en un hospital y quiso inscribir a su hijo después de tres meses de nacido”. Es decir, para la señora Fiscal coordinadora a la señora Flores Tapara le hacen un carga montón entre RENIEC, la PNP, la Fiscalía y los medios de comunicación social sindicándola como secuestradora, la separan de su hijo, la encierran en un penal y no obstante ello: ¿tiene que buscar testigos? Como decían en un conocido programa de televisión: “¡Ya pues Augusto!”


Creo que lo correcto debió ser reconocer el error, pedir disculpas a la señora, indemnizarla por el grave perjuicio ocasionado y separar definitivamente a los funcionarios involucrados en esta injusticia. Espero que este caso, nos haga reflexionar sobre las carencias de nuestro sistema y sobre todo sobre las carencias de algunos funcionarios, pues reconocer los errores es la única forma de poder superarlos.


Fuente: http://peru21.pe/actualidad/arequipa-mujer-acusada-rapto-bebe-fue-liberada-estar-injustamente-presa-2236463